Micelio
Auto19 de julio de 2017

A- de 2017

Ponente Iván Humberto Escrucería Mayolo

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se dispone citar a Audiencia Pública para el día 23 de agosto del 2017, con el objeto de contar con mayores herramientas de análisis en el juicio de constitucionalidad que debe realizar la Corte al Acto Legislativo 03 de 2017, específicamente en lo relacionado con los tres ejes temáticos identificados en él: 1º.

Conformación del partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal. 2º.

La financiación del centro de pensamiento, del partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal hasta el 2026, así como de la campaña política de sus candidatos para las elecciones de Presidente y Congreso de la República en las elecciones de 2018 a 2022 y, 3º.

La inscripción de listas únicas de candidatos propios del partido o movimiento político que surja del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, o en coalición y la asignación de curules en Senado y Cámara.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. Disponer que, por Secretaría General de la Corte Constitucional, se cite a AUDIENCIA PÚBLICA el día veintitrés (23) de agosto de 2017, a las 8:00 A.M., en la Sala de Audiencias de la Corte Suprema de Justicia, ubicada en el Palacio de Justicia, a las personas relacionadas en el numeral 9.2 de este auto. En la citación se indicará a cada uno de los expositores que deberá presentar un resumen escrito de su intervención, hasta el 28 de agosto de 2017. Para el efecto, se remitirá una copia del presente auto y podrán acceder al expediente de la referencia en la Secretaría General de la Corte.
  2. SEGUNDO. Disponer que se informe a la ciudadanía en general sobre la realización de la audiencia, mediante invitación pública en la página web de la Corte Constitucional, así como en la página oficial de la Rama Judicial. La asistencia a la misma requerirá la previa inscripción en la página web de la Corte Constitucional. El plazo máximo para la inscripción es el 16 de agosto de 2017.
  3. TERCERO. Publicar esta providencia en el sitio web de la Corte Constitucional y disponer lo pertinente por la jefatura de prensa y al Jefe de Sistemas de esta Corporación para su transmisión por streaming.
  4. CUARTO. Contra esta decisión no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela